Confirman condenas para los asesinos del general Prats y Sofía Cuthbert

Fue unánime. El fallo de la Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó las condenas dictadas en primera instancia por el ministro Alejandro Solís, en contra de nueve ex agentes de la DINA por el homicidio del general Carlos Prats y su esposa Sofía Cuthbert.
El asesinato fue cometido en Buenos Aires el 30 de septiembre de 1974, a través de una bomba instalada en el auto del ex comandante en jefe del Ejército, por los agentes civiles de la DINA, Michael Townley y su esposa Mariana Callejas.
Entre los condenados figura Manuel Contreras, ex jefe de la DINA, actualmente reo por varios crímenes contra los derechos humanos. La condena por el doble homicidio fue de dos penas de presidio perpetuo por los homicidios calificados y a 20 años por asociación ilícita. El brigadier (r) Pedro Espinoza, segundo a cargo de la agencia represiva, recibió igual condena.
También fue sentenciado el general (r) Raúl Iturriaga Neumann a dos condenas de 15 años y un día por los homicidios calificados y 541 días como miembro de asociación ilícita. En tanto que los ex militares José Zara, Cristoph Willeke, Juan Morales y los civiles Michel Townley y Mariana Callejas recibieron dos condenas de 10 años y un día por los homicidios calificados y 541 días por el delito de asociación ilícita.
Jorge Iturriaga Neumann, que también fuera agente de la organización criminal, se ganó dos condenas de 5 años y un día como cómplice del doble crimen. En tanto que el suboficial (r) Reginaldo de la Cruz fue sentenciado a dos condenas de 541 días de presidio remitido.
En la sentencia participaron la magistrada Dobra Luksic y los ministros Jorge Dahm y Mario Rojas. Luksic señaló que “hemos querido de una manera lo más sencilla posible dejar testimonio de los hechos que están establecidos en el procesos, de los delitos que constituyen cada uno de estos hechos y de la participación criminal de los inculpados”.
Por primera vez en un fallo judicial, la DINA fue calificada como una “organización de carácter terrorista”.
La noticia fue bien recibida por activistas de derechos humanos y los familiares de Prats y Cuthbert, ya que cambia un criterio benevolente que desde hace tres años la Sala Penal de la Corte Suprema aplicaba con los ex agentes, rebajando considerablemente todas las condenas y otorgando el beneficio de la “libertad vigilada” para cumplir las penas inferiores a cinco años y un día que decretan.
La hija del general, Angélica Prats, dijo en el palacio de tribunales que “estamos emocionados como familia porque la Corte ha confirmado todas las condenas aplicadas por el ministro Solís. Se ha confirmado el grado de responsabilidad de cada uno de los oficiales del Ejército que participaron en el crimen del comandante en jefe y nuestra madre”. Agregó además que esperan que la Sala Penal de la Corte Suprema no rebaje las penas.
Por su parte, el abogado Jorge Balmaceda defensor de Pedro Espinoza, y los hermanos Eduardo y Jorge Iturriaga Neumann, criticó el dictamen y anunció que recurrirá ante la Sala Penal de la Corte Suprema por la vía extraordinaria de la casación.
De los nueve sentenciados, sólo están en prisión cumpliendo otras condenas Manuel Contreras, Pedro Espinoza y el ex jefe exterior de esta asociación terrorista, general (R) Eduardo Iturriaga Neumann.
El Ciudadano









Oscar Castro comentó el 30 de Enero, 2009 a las 11:30 amCurioso.
El verdadero asesino de Prats, Michael Townley, el que puso la bomba como agente de la CIA, nadie lo nombra ni les interesa. Sólo interesan aquéllos a quienes se les puede sacar provecho político.
Tampoco interesa el inmoral que escribió unas falsas memorias de Prats siguiendo ordenes del Partido Comunista soviético.

implacable comentó el 31 de Enero, 2009 a las 5:47 amMe extraña la ignorancia de Oscar Castro.
1.- Michael Townley, agente de la DINA, no pudo ser extraditado a Argentina porque existe un Convenio firmado por Enrique Montero Marx (Ministro del Interior de Pinochet) y Miguel Alex Schweitzer (Canciller de Pinochet) de 1978 en que establece que las pruebas para condenar a Townley por el crimen de Letelier no pueden ser usadas en otros crimenes de Townley.
2.- En EEUU Townley fue condenado por el crimen de Prats y quedo protegido por la justicia norteamericana y también por el tratado existente, firmado por la dictadura, no se le puede extraditar.
3.- Por lo tanto, Sr. Castro preguntele a los que Usted protege por que se firmó un convenio que protegia a Townley. La respuesta es clara….para que no pudiera ser extraditado ni condenado por el Caso Prats ni por el Caso Leighton, ambos cometidos por el y por la DINA.
4.- Como recomendación…..cuando opine hagalo con conocimientos porque de lo contrario se puede pensar que Usted es poco riguroso, ignorante o busca tergiversar la historia para proteger a terroristas internacionales.

Al Kamel comentó el 14 de Febrero, 2009 a las 5:25 pmEl verdadero Oscar Castro (1910-1947)Rancaguino, Profesor de Castellano de condicion muy humilde Y Poeta…y este otro oscar castro del post tan limitado,basico en sus argumentos, carentes de juicio en derecho, se quedo en el pasado cuando creyo a pie firme que los tanques rusos llegarian a la moneda al asumir Allende…Dn oscar casi casi…llegaron los tanques pero con bandera nuestra.
Un consejo, lea la obra literaria de su tocayo Oscar Castro, a traves de LOS INUTILES