Nueva ley del tabaco
La nueva ley del tabaco se viene con cuática conoce aquí las nuevas disposiciones legales
-Prohibición de venta o entrega gratuita de productos hechos con tabaco a menores de 18 años.
-Prohibición de publicidad a 300 metros de establecimientos de enseñanza básica y media.
-Prohibición de compensar a través de cualquier estímulo la compra de productos de este tipo (sea a través de regalos, promociones u otra regalía)
-Etiquetado de advertencia en las dos caras principales de los paquetes o cajetillas de cigarrillos, el que ocupará el 50 % de cada una de ellas. Esta advertencia podrá incluir leyendas, dibujos o símbolos.
-Obligación que los planes y programas de estudios de la Educación General Básica y Media contemplen objetivos y contenidos destinados a educar e instruir a los escolares sobre los daños que provoca el consumo de tabaco y su carácter adictivo.
-Se prohíbe el uso de adjetivos en las marcas de cigarrillos tales como light, suaves, ligero, bajo en alquitrán u otros similares.
-Prohibición absoluta de fumar en establecimientos de educación prebásica, básica y media, lugares donde se expenda combustible, medios de transporte publico o privado y ascensores.
-Prohibición de fumar, salvo en patio o espacios al aire libre o en salas especialmente habilitadas, en establecimientos de educación superior, públicos y privados, aeropuertos y terrapuertos, teatros, cines y otros lugares donde se presenten espectáculos culturales o musicales, gimnasios y recintos deportivos, supermercados y centros comerciales, y centros de atención o de prestación de servicios abiertos al público en general. En el caso de los establecimientos de salud pública y privada sólo en patios o espacios al aire libre, no se permite habilitar salas.
-En restoranes, bares, pubs, discotecas, cabarets, casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados, y demás establecimientos similares, con una superficie superior a 100 metros cuadrados destinados a la atención de público, para permitir fumar en su interior se deberá separar ambientes para fumadores y para no fumadores, no pudiendo el espacio reservado a estos últimos representar menos del 60 % del espacio total destinado a atención de público, debiendo habilitar mecanismos de ventilación o extracción de aire que impidan el paso de humo al sector no fumadores.
-Si el establecimiento tiene una superficie destinada a la atención de público igual o inferior a 100 metros cuadrados se podrá optar por ser un lugar para fumadores o para no fumadores, de lo que deberá informarse en su acceso
-Prohibición de venta de productos hechos con tabaco a menos de 100 metros del acceso a establecimientos de enseñanza básica y media.
-El Ministerio de Salud definirá el diseño y contenido de las etiquetas que deben incorporar este tipo de productos, así como el listado de componentes y aditivos que contienen.
-La fiscalización del cumplimiento de la Ley que da entregada a la Autoridad Sanitaria respectiva y a Carabineros de Chile, y la denuncia de infracción se tramitará ante los Tribunales de Letras, o en el Juzgado de Policía Local, según el monto de la multa.
-Las normas de la ley entran en vigencia 90 días después de su publicación en el Diario Oficial, salvo lo establecido en el artículo 2º de la ley Nº 19.419, sustituido por esta ley, y que pasa a ser artículo 3°, (Publicidad de los productos hechos con tabaco) lo que entrará en vigencia transcurridos dieciocho meses contados desde esa fecha.
-Por su parte lo establecido en el artículo 11, inciso primero, (Separar ambientes para fumadores y para no fumadores en restaurantes, bares y similares), lo que entrará en vigencia un año después de la publicación de esta ley en el Diario Oficial.





Mighty Keylord comentó el 9 de Agosto, 2006 a las 10:08 pmAcá en Uruguay muchos de esos puntos hace tiempo que se aplicaron; recientemente también se prohibió el consumo en lugares públicos cerrados, se obligó a colocar etiquetas y se reguló la publicidad.
Juliana comentó el 26 de Septiembre, 2006 a las 4:57 pmYo encuentro super bueno que dejen de fumar en lugares publicos donde hay ancianitos y niños pequeños. Yo tengo 4 meses de embarazo y trabajo en una automotriz donde los jefes fuman todo el dia, tienen pesima consideracion conmigo y cuando les recuerdo mi estado no les importa. Me gustaria saber si se pueden denunciar en algun lado o que quizas alguna persona supervice mi lugar de trabajo….
Catalina W comentó el 10 de Diciembre, 2006 a las 1:11 ampor mi parte estoy totalmente de acuerdo con las medidas legales de la ley anti-tabaco..
aunque.. es necesario que aparezca “Don Miguel” en cada cajetilla de cigarrillos como simbolo de enseñanza por asi decirlo (para que a futuro no nos pase lo mismo)?.. y no reemplazarlo con otra imagen que sea un poko mas eficaz.. ya que por lo visto.. todo el mundo odia a don miguel y muy pocos reconocen lo que esto implica…
sabiendo que solo el consumo de cigarrillos disminuirá a los “consumistas pasivos” y no a aquellos que encienden un cigarrillo cada media hora..
sentimientos encontrados..
en fin..
muy buen periodico!
Piter comentó el 10 de Enero, 2007 a las 8:09 amEn un casino deonde se juega habitualmente a las cartas (oséa juegos de mesa)en el salon principal donde está permitido fumar, teniendo otro salón destinado para ver la televisión donde también se puede fumar.(ambos salones miden mas de 100 metros cuadrados cada uno, no permitiendose fumar en la cafetería y en el bestibulo y tampoco se permite jugar a las cartas. ¿Donde pueden jugar los socios no fumadores? ¿ No es esto una descriminación.
andrea alvarado comentó el 26 de Marzo, 2007 a las 9:29 pmyo estoy segura que esta ley va a ser muy eficaz, pero siempre y cuando se cumpla la normativa en relación a la fiscalización de la Autoridad Sanitaria y la de los Carabineros, espero que a futuro, de acuerdo a los planes y programas de la enseñanza basica y media, las personas tomen conciencia del daño que les provoca el humo del cigarro y que los padres no sigan fumando delante de los pequeños, en cuanto a las libertades de los consumidores del tabaco, pueden seguir fumando, pero sin faltarles el resto a los terceros (demás personas)
Macarena comentó el 15 de Mayo, 2007 a las 4:19 pmPienso que cada vez más estamos sometidos, discriminados, permiso para esto, permiso para aquello, pagamos para transitar por las calles, pagamos para ir a otra ciudad, leyes, leyes y más leyes, prohibiciones acá y allá, no será mucho…..
Cada vez estamos más coartados, no comas mucho que engordas y te hace mal, no comas tan poco porque sino te da anorexia, y etc.
Hasta cuando vamos a permitir esto, no les basta con lo del Transantiago que ha sido un completo desastre y burla para las personas….
Basta, detengámonos, luchemos por nuestros derechos, alguién nos consultó nuestra opinión?? acaso no estamos en un país democrático???
Rene comentó el 4 de Junio, 2008 a las 11:41 amQue pasa en las oficinas de trabajo?…… en mi oficina nadie fuma solo el perro del gerente que fuma a cada 5 minutos es cerrada cero ventilacion, y todos solo tenemos que acatar esta injusticia…. a que puedo acudir????
maria castillo comentó el 26 de Junio, 2008 a las 3:22 pmquiero saber si esta ley esta para las oficinas, somos un sindicato, pero aqui igual se fuma, y no nos respetan a las secretarias que trabajamos aqúí,
que podemos hacer?, nosotras tenemos claro que no se puede, pero la jefatura no respeta la ley… les importa un comino, incluso mi compañera de trabajo esta embarazada y aspira todo el día ese humo, nostras insistimos pero el dice que fuma en su oficina , es cierto pero el recinto es público.
Que podemos hacer, donde podemos recurrir? para hacer cumplir la ley
Ignacia comentó el 26 de Junio, 2008 a las 3:26 pmLa Ley no habla en ninguna parte de las oficinas públicas o privadas, llevo 20 años aspirando humo de otros… y las oficinas que????
Ignacia comentó el 26 de Junio, 2008 a las 3:28 pmY LAS OFICINAS QUE, NO SOMOS PERSONAS???
A QUIENES PODEMOS RECURRIR PARA HACER CUMPLIR LA LEY…
andrea comentó el 26 de Junio, 2008 a las 3:31 pmlOS JEFES , SE PASAN LA LEY POR LA RAJ…
nina del bosque de lozano comentó el 1 de Septiembre, 2008 a las 2:41 pmmi duda es respecto a los club privados (campestre, san agustin, etc.), tengo entendido que son una extenciòn de nuestra casa y que ahì no procede la ley, sin embargo en mi club, ahora esta prohibido fumar en cualquier lugar de hecho hasta en las canchas de tenis que estan al aire libre, quisiera una asesorìa para poder defender mis derechos, en el campestre y otros clubs si se puede fumar.
gracias.
Asmático comentó el 5 de Mayo, 2009 a las 11:53 amEsta Ley es una “Ley Muerta”, intenté hacer una denuncia por infracción a esta ley en una comisaría de Carabineros de Chile y saben lo que me dijeron?…que ellos no registraban ese tipo de denuncias y que me fuera a Tribunales, he llamado al famoso FONOSALUD y he registrado la denuncia…ha pasado un año y no han venido a fiscalizar….de que Ley miserable estamos hablando entonces? en este pais miserable????